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25 agosto, 2020
Boletín 113 | Lunes 24 de agosto de 2020
● Los Lineamientos del Registro de Vehículos de Carga Pesada tienen el objetivo de brindar certeza a los usuarios y prestadores de este servicio
En la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) saludamos la puesta en marcha del Registro de Vehículos de Carga Pesada, como un mecanismo técnico que garantiza la continuidad de las cadenas logísticas de las industrias asentadas en el municipio de Querétaro y su área metropolitana, además de que asegura el abasto de productos esenciales a las familias y a la sociedad queretana.
El acuerdo para los Lineamientos del citado Registro, expresa la buena voluntad, tanto de las autoridades municipales, como de las empresas agrupadas en diferentes organismos de representación – entre los que destaca la Coparmex Querétaro, la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga y la Asociación Nacional de Transporte Privado-, para llevar adelante la correcta implementación del esfuerzo de ordenamiento de la circulación del autotransporte de carga por las vialidades de jurisdicción municipal, a través de acciones puntuales de difusión y capacitación.
Los Lineamientos del Registro de Vehículos de Carga Pesada tienen el objetivo de brindar certeza a los usuarios y prestadores de este servicio, en términos de requisitos, procedimientos y tiempos de respuesta por parte de la autoridad municipal; de manera que las restricciones de circulación afecten en la menor medida posible las actividades de abasto y distribución de materias primas y productos terminados.
Dichos Lineamientos son una herramienta que establece criterios de interpretación y aplicación de las disposiciones del Reglamento de Movilidad y Tránsito municipal, que deberán observar las autoridades locales encargadas de su aplicación, a fin de fomentar la transparencia y, sobre todo, el cumplimiento del objetivo de mejorar la movilidad en las vialidades, así como aumentar la seguridad vial para que las personas y que los bienes lleguen a salvo y a tiempo a sus destinos.
Este mecanismo es resultado de un proceso de diálogo abierto y respetuoso entre el Gobierno municipal, encabezado por el alcalde Luis Nava Guerrero, a través de los secretarios Apolinar Casillas y Saúl Obregón -de Gobierno y Movilidad, respectivamente- quienes fueron sensibles a la necesidades de conectividad y continuidad operativa de las diferentes empresas que generan empleos en el municipio, además de que contribuyen al crecimiento y desarrollo de la entidad.
Las modificaciones al reglamento quedaron de la siguiente manera:
¿Cuáles son los horarios de NO circulación y a partir de cuándo aplican?
Etapa
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Horario de NO circulación
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Entrada en vigor
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Primera ventana
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De 6:30 a 9:00 horas
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28 de agosto de 2020
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¿A quién aplica la restricción?
Artículo 57. Los vehículos de transporte de carga con una configuración de más de dos ejes o con distancia entre eje delantero y trasero de más de 4.5 metros.
¿Qué pasa con tracto doblemente articulado?
Los vehículos con tracto doblemente articulado, es decir con una configuración: T-S-R (tracto camión – semirremolque – remolque), T-S-S (tracto camión – semirremolque – semirremolque), así como los vehículos de transporte de carga con largo itinerario, cuyo destino no sea el Municipio de Querétaro, solamente podrán circular en las vialidades del Municipio de Querétaro de lunes a viernes en un horario nocturno de 22:00 veintidós horas a 5:00 cinco horas del día siguiente.
¿Quiénes están exceptuados de la restricción de circulación?
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Los que cuenten con tecnologías que minimicen la emisión de contaminantes, a valores menores de los establecidos en las normas oficiales mexicanas correspondientes;
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Unidades revolvedoras y bombas de concreto;
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Transporte de mensajería y paquetería en carga consolidada;
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Unidades con sistema de refrigeración, y
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Transporte de materiales y residuos Peligrosos que acrediten ante la Secretaría de Movilidad el cumplimiento de lo estipulado por la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, el Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, Normas Oficiales Mexicanas de la materia y demás disposiciones normativas aplicables.
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También quedan exceptuados de las restricciones anteriores los vehículos de emergencia y de servicio público.
¿Qué hay del transporte de carga local?
Aquellas personas físicas o morales que acrediten su constitución, domicilio, unidad de negocio o terminal en el municipio de Querétaro o municipios del área metropolitana que mantengan un alto grado de integración funcional con el municipio de Querétaro, deberán llevar a cabo un Registro para Circulación ante la Secretaría de Movilidad, siempre y cuando se presente evidencia de operaciones con vehículos de carga entre dichos municipios.
¿Qué hay del transporte foráneo?
Aquellas personas físicas o morales que mantengan un alto grado de integración funcional con el municipio de Querétaro, deberán llevar a cabo un Registro para Circulación ante la Secretaría de Movilidad, siempre y cuando se presente evidencia que muestre que su origen y/o destino es el Municipio de Querétaro o municipios del área metropolitana de operaciones con vehículos de carga entre dichos municipios.
¿Qué son los lineamientos para el registro de vehículos de carga pesada?
Es la herramienta que establece los criterios de interpretación y aplicación que deberán de considerar la Secretaría de Movilidad, la Secretaría de Seguridad Pública, y demás autoridades en el ejercicio de sus funciones de verificación y vigilancia, para el cumplimento del Título XI Del Transporte de Carga, Capítulo Único Transporte de Carga del Reglamento para la Movilidad y el Tránsito del Municipio de Querétaro.
Plasmando de manera transparente e imparcial los criterios a implementar para el registro de vehículos de carga pesada.
¿Para qué el Acuerdo de los lineamientos para el registro de vehículos de carga pesada?
Es el acuerdo de voluntades que establece las relaciones de colaboración entre “Municipio y los Representantes de Asociaciones y Cámaras del transporte a nivel Nacional y Estatal”, en apoyo en la implementación de los lineamientos para el registro de vehículos de carga pesada, mediante acciones como las que a continuación se mencionan: Difusión, capacitación y mesas de trabajo.
En dónde de manera participativa se dará mayor fuerza a la medida de restricción y la alineación de forma ordenada de la circulación para empresas y ciudadanos mediante horarios, creando así una mejor dinámica de circulación vehicular.
El convenio fue firmado también por Enrique Armando González Muñoz, Presidente Nacional de la Cámara Nacional de Autotransporte de Carga; Leonardo Armando Gómez Vargas, Director General de la Asociación Nacional de Transporte Privado; Omar Alejandro Ortiz Muñoz, Director General de la Alianza Mexicana de Organización de Transportistas AC; Lorena Jiménez Salcedo y Jorge Camacho Ortega, Presidenta y Secretario Coparmex Querétaro. También destacó la asistencia como testigos de honor de este acuerdo, los representantes de la CANIRAC-Querétaro, CANACO y la Cámara de la Industria de la Radio y la Televisión, Delegación Querétaro.